26 de mayo 2025
La
reforma eléctrica y la perspectiva de inversión en el sector
eléctrico.
La iniciativa de reforma energética, cuyo
enfoque principal fue el mercado eléctrico (copia fiel de la presentada por el
expresidente AMLO el 5 de febrero de 2024) modifica los artículos 25, 27 y 28 constitucionales.
Esta, aprobada el 10 de octubre de 2024, tiene como elementos centrales los
siguientes:
-Las empresas productivas de estado pasan a ser
ahora empresas públicas antes eran productivas de estado (reforma al artículo
25).
-La eliminación del concepto de “mejores
prácticas internacionales” vigentes en el derecho corporativo que debían
adoptar estas empresas en sus operaciones para su mayor eficacia, eficiencia,
productividad, transparencia y rendición de cuentas (reforma al artículo 25).
-La CFE tendrá preponderancia en cuanto a la
generación, transmisión y abastecimiento del mercado energético dado que su
función es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y
accesibilidad a este servicio (reforma al artículo 27)
-En el mismo artículo se señala que todas las
etapas y actividades de transmisión, distribución y abastecimiento son áreas
exclusivas del Estados y que la transición energética estará a cargo del
Estado, privilegiando el uso de aquellas energías que favorezcan la protección
del medio ambiente (reforma al artículo 27)
-La operación del sistema eléctrico (CFE)
tendrá como objetivo preservar la seguridad y la autosuficiencia energética y
proveer al mejor precio posible sin buscar el lucro (reforma al artículo 28).
En cuanto a la exposición de motivo se señala
que:
-La generación de energía eléctrica se hará
bajo un esquema que permita recuperar mercado a la CFE, por lo que ahora el 54%
de la generación será por parte de la CFE y 46% por parte de los privados.
-El 46% se reincorporará mediante un mecanismo
de adquisición por parte de la CFE basado en procedimiento de competencias.
-El Centro Nacional de Control de Energía
(CENACE) se reincorpora a la Comisión Federal de Electricidad (esto no se llevó
a cabo según la legislación secundaria en el sector eléctrico).
-La CENACE despachará en orden del mérito de
costos de producción.
-La fragmentación generó pérdidas a la CFE
(empresas subsidiarias) por lo que se procederá a su integración vertical.
-Se cancelarán todos los permisos de generación
eléctrica otorgados y los contratos de compraventa de electricidad, como las
diversas figuras de generación privada y las solicitudes pendientes de
resolución.
-Se favorecerá la transición energética y se
contará con políticas necesarias para esta transición, apoyada en el
financiamiento y la demanda nacional.
-Se respetarán los contratos existentes.
En la presentación de la Estrategia Nacional
del Sector Eléctrico el pasado 13 de noviembre de 2024 se estableció además que
en la parte de generación se aceptará la participación de privados en proyectos
de la CFE bajo tres esquemas: contratos a largo plazo (que se licitarán), productores
mixtos con un tope máximo del 46% (serán también licitados) mientras las CFE tendrá
el 54% y siempre y que se cumpla con los requerimientos de confiabilidad y
respaldo establecidos en el Plan de Energía.
En el área del auto abasto el consumo propio
quedará exento hasta los 0.7 megavatios, las que generen entre 0.7 a 20 megavatios
deberán solicitar permiso y las grandes empresas pagarán una tarifa por el uso
de la infraestructura de transmisión.
Los privados deberán mantener la meta de generar
el 45% de la energía limpia para 2030 y en el caso de la energía intermitente
eólica o solar se tendrá que mantener un 30% de respaldo y respetar lo que se
denomina el código de red (documento que garantiza la planeación, el control
operativo y el acceso al uso de la infraestructura del sistema eléctrico nacional,
brindando estabilidad y distribución de la energía de manera sostenible.
Las empresas privadas generarán energías
renovables en 2030 hasta por 9,550 megavatios.
Las leyes secundarias en materia de energía eléctrico
del 19 de marzo de 2025 incluyeron la ley de la empresa pública de estado CFE y
la del sector eléctrico, la cual contiene las líneas básicas de la
participación permitida a los privados:
En la primera se decreta la extinción de las
empresas subsidiarias, se aprueba un régimen especial en varias materias
incluyendo adquisiciones, se permite la celebración de contratos o inversiones
mixtas, se permite la asociación o alianzas con terceros en materia de
transmisión y distribución, se decreta la elaboración de una propuesta global
de financiamiento para su inclusión en el presupuesto de la federación, se
promete reducir el impacto ambiental de las actividades y se respetan las
obligaciones existentes.
En la segunda destacan:
-La exclusividad en la transmisión y
distribución y el suministro básico de la CFE, aunque con la posibilidad de
celebrar contratos con particulares para la conservación, el mantenimiento y ampliación
de la infraestructura para prestar servicios de transmisión y distribución
respetando el principio de “prevalencia” de la CFE (54% del promedio de la
energía generada en el SEN aunque este porcentaje puede ser sujeto a
interpretaciones), además de que la prevalencia de la CFE es extensiva el
despacho económico del suministro que estará bajo la responsabilidad de la
CENACE sujeto se dice a restricciones de confiabilidad y seguridad (el despacho
se pretendía que fuera en términos de la energía que costaba menos producir que
son las menos contaminantes (ciclo combinado, eólicas, solares frente a la
combustión interna y las termoeléctricas), mientras que en la referencia actual todo ello
queda sujeto a la interpretación del CENACE, el cual se supone tomará en cuenta
los costos variables de producción, la confiablidad y seguridad del abasto)
-En la generación de energía eléctrica se
incluye la figura de generación distribuida (capacidad menor a 0.7 megavatios
por redes interconectadas con alta concentración de carga que puede ser vendida
al suministrador básico entiéndase la CFE, no requiere permiso), autoconsumo
(menor a 0.7 megavatios ya sea de manera aislada o interconectada) y la
generación para el mercado eléctrico mayorista (capacidad igual o mayor a 0.7 megavatios
sin límite máximo para la comercialización).
-Desarrollo o inversión mixtos bajo la
modalidad ya sea de producción de largo plazo (, no hay aportación de recursos
por la CFE, el contrato con la CFE la obliga a comprar la energía y luego se
puede vender de manera opcional la planta a la citada empresa en un modelo
similar al que se tenía con los productores independientes), inversión mixta mediante
asociación o alianza entre particulares y la CFE (la participación de la CFE es
del 54% ya sea directamente o a través de una subsidiaria y la producción es
adquirida preferentemente por la CFE) y las ventas a terceros usuarios que
venden a consumidores conectados a una misma red.
-Contratos legados (centrales de autoabasto)
que datan de las reformas previas a la ley que se respetarán hasta su total
conclusión (estas surgieron desde 1992 antes del TLC debido a la falta de
recursos para cubrir el suministro eléctrico cuando se dio la reforma a la Ley
del Servicio Público de Energía Eléctrica)
-Cogeneración que corresponden a la generación
de energía ya sea de vapor o térmica o ambas a través de alianzas entre
empresas ya sea Pemex, CFE o particulares para cubrir los requerimientos de un
proyecto determinado como en el caso de los complejos petroquímicos que hasta ahora
no se han podido desarrollar por falta de recursos.
-La nueva normativa incluye disposiciones sobre
el transporte y distribución (áreas exclusivas a cargo de la CFE que está
obligada a prestar dicho servicio público), sobre la comercialización (que la
pueden realizar con excepción del suministro básico, personas físicas o morales
con un contrato de participación en el mercado mayorista mediante permiso
otorgado bajo esa modalidad por la CNE),
los usuarios calificados (que deben estar registrados por la CNE y
cumplir con determinados requisitos), las reglas de funcionamiento del mercado mayorista
de energía y las obligaciones del CENACE
(este se convierte, contrario a lo que había afirmado que pasaba a la CFE), en
un organismo público descentralizado de la administración pública con
personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya administración está a cargo de
un consejo de administración y una dirección general, con una tercera parte de
consejeros independientes).
El 9 de abril de 2025 la presente administración
presentó un nuevo plan de expansión del sector eléctrico en el marco del
llamado Plan México que corrigió las cifras presentadas en noviembre de 2024,
señalando ahora una inversión de 22, 377 millones de dólares para 59 proyectos,
de los cuales 26 vienen de la administración pasada (los proyectos incluyen la
generación de energía eólica, fotovoltaica, ciclo combinado, combustión
interna, baterías, cogeneración y los que están por concluir)
En total se menciona que se generaría 29,047 megavatios,
de los cuales 22,674 megavatios sería de proyectos con participación de la CFE
y 6,400 megavatios de proyectos con participación de privados.
La inversión estimada de la CFE en generación del 2025 al
2030 sería de 427 mil 624 millones de pesos; en transmisión la inversión sería
de 124 mil millones de pesos y en distribución sería mayor a lo estimado originalmente;
en el caso de los privados se estimaría una inversión de 130 mil millones de pesos
en este nuevo plan.
En la revisión de las cifras anuales incluyendo
las estimadas para 2025 que presenta la empresa pública CFE, la cual sería el
principal vehículo de inversión para el periodo, cabe destacar lo siguiente:
-Los ingresos propios crecen por debajo del
gasto programable.
-La inversión física creció 34.3% entre 2024 y
2023.
-El crecimiento de la inversión física estimada
para 2025 es de sólo 3% con respecto al año precedente pasando de 59 117
millones de pesos a 60,861 millones de pesos.
-La participación de dicha inversión en el
gasto programable fue 11.2% en 2024 y se estima que registre un porcentaje
bastante similar en 2025 (11.1%)
-La inversión está siendo financiada con un
mayor recurso al endeudamiento, ya que el mismo creció en términos netos en
18.9% entre 2024 y 2023 pasando de 18,900 millones de pesos a 23, 534 millones
de pesos.
-La deuda financiera acumulada de corto y largo
plazo creció 15% entre 2024 y 2023.
-El Gobierno está incrementando el subsidio
(tarifas de bajo consumo) y las transferencias para la empresa (1.7%), de 76
625 millones de pesos a 81, 981 millones de pesos entre 2023 y 2024.
-El capital de trabajo de la empresa es
negativo en 85 mil millones de pesos, aunque menor a los 104 mil de 2023, lo
que manifiesta problemas de liquidez.
-La empresa registró en 2024 un déficit
histórico (no se había visto desde hace muchos años) de 271 mil millones de
pesos (en 2023 tuvo una utilidad de 96 mil millones de pesos y de 26 mil
millones en 2019 al inicio de la administración anterior)
-El capital contable disminuyó entre 2023 y
2024 pasando de 758 mil millones de pesos a 552 mil millones de pesos.
En términos contables la empresa registró un grave
deterioro entre 2023 y 2024 que demandará un seguimiento más estrecho de sus
ingresos y gastos durante el presente año a fin de disminuir sus cuantiosas
pérdidas.
Además, cabe destacar que las cifras de
inversión que trae la empresa cuando menos hasta 2025 no parecen respaldar el
ambicioso presupuesto que ha presentado la autoridad para el periodo de 2025 a
2030, donde el promedio de inversión sólo en generación de energía sería de
alrededor de 85, 525 millones de pesos, por lo cual no sabemos si estas cifras
se podrán lograr en el periodo de esta administración y la restricción que
implicará en materia de la realización de los diversos proyectos. Cabe subrayar que los datos de enero a abril de 2025 dados a conocer por la SHCP registran una caída de -26.8% de la inversión física de la CFE.
Por otro lado, la inversión privada dentro del nuevo marco que impone límites en cuanto a la generación de energía en cuanto a participación en el sistema nacional de energía y en la inversión en ampliación, matenimiento y conservación de la infraestructura de transmisión y distribución que se considera como exclusiva del Estado, el interés de los privados se constatará probablemente en el mediano plazo cuando esté definida plenamente el marco normativo (faltan modelos de contratos, reglas, reglamentos, etcétera), que les permitirá a los empresarios hacer las estimaciones de rentabilidad pertinentes. Esto hace que el estimado de inversión por parte del sector privado sea sujeto a un amplio rango de variabilidad.
Finalmente,
ante la eminente revisión del T-MEC entre los tres países participantes a
partir de las preocupaciones de Estados Unidos
y Canadá sobre la reforma energética de México que incluye tanto a Pemex
como a la CFE es probable que aspectos como la llamada “prevalencia” de la CFE
en el mercado eléctrico sea considerada como una discriminación hacia las
empresas de los otros dos países (capítulo de inversiones), además de que la
eliminación de los órganos autónomos como la CRE y la CNH y su sustitución por la CNE bajo la sectorización
de la SENER con un director general directamente nombrado el Ejecutivo Federal
(ratificado por el Senado) y apoyado por un comité técnico integrado por
funcionarios de la SENER, de la CNE y tres expertos designados sea visto como una
pérdida de la independencia reguladora que se demanda en el mercado eléctrico
(capítulo de empresas de estado). Esto se suma a la consideración general que
se incluyó en el tratado (cláusula del “torniquete”) que una vez que un país
abre su comercio e inversión a los otros, no podrá haber un retroceso que
implique cambiar las condiciones previamente existentes (menos si esta
condición se ha otorgado en el caso de otros tratados como el Tratado Integral
y Progresista de Asociación Transpacífico). Por ello, es muy probable que la próxima
revisión del T-MEC incluya reconsiderar las condiciones existentes actualmente
en el mercado energético de nuestro país, lo que responderá a la preocupación
por las violaciones ya externada por el nuevo representante comercial de
Estados Unidos en su ratificación en el Senado de dicho país.
No hay comentarios:
Publicar un comentario